
Sodomizar significa practicar el coito anal con otra persona, es decir, penetrarla por el ano con el pene o con un objeto, y la sodomización es la acción de hacerlo. El diccionario de la Real Academia define sodomizar como «practicar la sodomía con alguien» y sodomía como la «práctica del coito anal». Es, por tanto, una palabra que nombra una práctica sexual concreta, la misma que en el lenguaje corriente se llama sexo anal.
En la definición no aparece la violencia. En el uso real, sin embargo, el verbo casi siempre arrastra un matiz de fuerza, dominio o humillación: la prensa escribe que alguien «sodomizó» a otra persona para contar una agresión, y casi nunca para describir una relación libremente elegida, que se nombra simplemente como sexo anal. Esa carga arrastra la historia de la palabra, que durante siglos sirvió para nombrar un pecado y un delito.
En cuanto al uso, el verbo aparece en tres sentidos. El literal y neutro es raro en los textos de sexología, donde se utiliza más frecuentemente la palabra sodomía. El de agresión es el más frecuente en prensa y en sentencias citadas por los periódicos: «el acusado está procesado por sodomizar a la víctima tras inmovilizarla». Y el figurado, vulgar y ofensivo, exagera una derrota o una humillación: «el equipo local fue sodomizado por el rival», un uso que conviene evitar. De la misma familia son sodomía (la práctica), sodomita (quien la practicaba, con un tono hoy despectivo) y el pecado nefando, el nombre que recibía en los textos religiosos y legales españoles de los siglos XV al XVIII.
Sexo anal – Consentimiento sexual – homosexual – Las leyes contra la sodomía y su herencia colonial
Fuentes
- Real Academia EspañolaDiccionario de la lengua española, s. v. «sodomía» y «sodomizar»RAE, 23.ª ed. (versión 23.7 en línea)2023enlace
- Mark D. JordanThe Invention of Sodomy in Christian TheologyUniversity of Chicago Press1997
- Francisco Tomás y ValienteEl crimen y pecado contra naturaEn Sexo barroco y otras transgresiones premodernas, Alianza, Madrid1990
- Jefatura del EstadoLey Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (arts. 178-180)BOE núm. 2811995enlace